Categorías
Actualidad Testamentos Todas

Testamento en caso de epidemia

Índice

El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró el coronavirus como pandemia. Ello abrió la posibilidad para que los españoles pudieran realizar su testamento de otra forma: el testamento en caso de epidemia, es decir, sin necesidad de acudir al Notario. Lo cierto es que antes de la pandemia ya se podía realizar el testamento por uno mismo sin necesidad de firmarlo ante Notario, como es el caso del testamento ológrafo (Realiza tu testamento online). No obstante, para aquellos que quieren realizar un testamento abierto, tras la declaración de la OMS, y siguiendo la legislación española, pudieron hacerlo también sin necesidad de acudir a un Notario.

El coronavirus sigue activo y ya se han producido múltiples casos de rebrotes en España, creciendo de forma exponencial de nuevo en nuestro país en los últimos meses de agosto y septiembre. Por ello, en Testamentos.es queremos que usted tenga toda la información sobre cómo hacer un testamento en caso de epidemia.

El Código Civil incluye el testamento en caso de pandemia

Como hemos dicho, la legislación española ya hace muchos años que incluye la opción de realizar un testamento en caso de pandemia. Así lo recoge desde la redacción del Código Civil en 1889, en su artículo 701, modificando el artículo 1 de la Ley de 24 de abril de 1958.

Este artículo permite otorgar un testamento en caso de epidemia de forma diferente a una situación de normalidad sanitaria.

En la reforma del Código Civil, se estudió la posibilidad de derogar este artículo. Sin embargo, al final se mantuvo.

¿Qué permite hacer el testamento en caso de epidemia?

El Código Civil da la posibilidad de que, si hay una pandemia declarada, se pueda realizar un testamento en caso de epidemia. Le aclaramos algunos elementos:

¿Cómo se hace un testamento en caso de pandemia?

  • El testamento en caso de pandemia se debe hacer de forma oral ante tres testigos.
  • Posteriormente, es aconsejable que el testador escriba sus últimas voluntades en un folio.
  • Desde el 2015, la Ley de Jurisdicción Voluntaria permite que el testamento sea grabado en vídeo o en formato de audio.
  • En el texto, hay que incluir datos clave como la identificación del testador, la fecha en la que se otorga el testamento y los tres testigos deberán firmar el texto.
  • No es necesario estar infectado por el virus para realizar el testamento en caso de epidemia.
  • Tampoco es necesario pertenecer a un grupo de riesgo.
  • Lo único que se necesita es estar en la región o país en la que se ubica la epidemia.
  • La única excepción en este caso está en Catalunya, puesto que su Código Civil prohíbe los testamentos que han sido otorgados de forma exclusiva ante testigos.
  • Se debe cumplir con los límites de reparto establecidos por la ley y cumplir con la Legítima. Si no se cumple, podría ser modificado o incluso declarado como nulo.

¿Qué requisitos deben cumplir los testigos?

  • Deben ser un total de tres testigos.
  • Los tres testigos deben ser mayores de 16 años.
  • Deben estar en plenas facultades y capacidades mentales.
  • Deben ser conocedores del idioma en el que se otorga el testamento.
  • De estos tres testigos, ninguno puede ser el cónyuge. Tampoco podrán ser sus herederos ni parientes de hasta el cuarto grado de descendencia o ascendencia ni de segundo grado de afinidad.
¿Por qué son importantes los tres testigos?

Los tres testigos serán las personas que darán validez al testamento en caso de pandemia.

Validez por parte de los testigos:
  • Estas tres personas podrán dar validez a la identidad del testador.
  • Darán fe de que el testador realizó el testamento en plena capacidad.
  • Pueden confirmar que el testador hizo su testamento por voluntad propia, sin ser víctima de ninguna amenaza o presión.

No obstante, el hecho de que sea obligado que haya tres testigos (que deben cumplir con los requisitos anteriormente descritos), complicará que una persona realice su testamento en caso de pandemia si se produce un confinamiento. Por ello, desde Testamentos.es aconsejamos que en cualquier caso, se opte por la opción del testamento ológrafo.

¿En que consiste el testamento en caso de pandemia? Se lo explicamos en Testamentos.es

¿Cuándo caduca el testamento en epidemia?

El testamento en epidemia depende de una serie de plazos. Se entiende que es un testamento que las personas realizan por miedo a la pandemia. Si el testador no ha fallecido en un plazo de los dos meses posterior a la crisis sanitaria, el documento ya no será válido.

Es por ese motivo que volvemos a aconsejar que es mejor realizar un testamento ológrafo.

¿Qué plazo hay para presentar este testamento tras la muerte del testador?

  • Si la persona que ha realizado un testamento en caso de epidemia, finalmente fallece en los plazos indicados anteriormente, los tres testigos tienen un plazo de 3 meses para ir al notario e informar de los últimos deseos del testador.
  • Será el Notario el que eleve el texto a escritura pública para que pueda ejecutarse.

Alternativas al testamento en caso de epidemia:

El testamento ológrafo

El testamento ológrafo se puede escribir una persona por sí mismo de su puño y letra y guardarlo en un lugar en el que sepa que sus herederos lo van a encontrar tras su fallecimiento.

Cuenta con el asesoramiento de un especialista

El testamento ológrafo solo tiene una complicación: hay que cumplir todos los requisitos legales en cuanto a redacción y reparto de la herencia (hay que cumplir con las tres partes de un testamento y la legítima). Si no se cumplen estos requisitos, el testamento podría considerarse como nulo tras la muerte del testador.
Además, otros de los peligros es que se pueda perder el texto y jamás sea encontrado, o que alguien lo rompa y lo elimine.

Por ello, es esencial poder contar con el asesoramiento de un especialista que le pueda ayudar a calcular el total de su patrimonio, a hacer el reparto correcto que cumpla con la ley y a redactar correctamente el texto.

¿Cómo realizar un testamento ológrafo eludiendo todos estos peligros?

Muy fácil: Puedes hacer un testamento online a través de Testamentos.es.

Un especialista le llamará para conocer tus voluntades y redactará el testamento por ti para que éste cumpla con la ley en todos sus puntos. Posteriormente, le enviará el testamento para que usted lo pueda copiar de su puño y letra y pueda firmarlo.

Después, recibirá a un mensajero en su casa que trasladará el testamento de forma segura a las oficinas de Testamentos.es, donde guardarán el testamento y se asegurarán que se cumpla su voluntad una vez fallezca.

¿Qué beneficios tiene realizar un testamento ológrafo en lugar de uno de epidemia?
  • Testamentos.es podrá guardar el testamento con total seguridad para que se cumpla su voluntad.
  • Podrá evitar el unir a tres testigos que cumplan con los requisitos en época de confinamiento o en la que hay que mantener la distancia social.
  • No dependerá de los testigos para que el testamento se puede iniciar el acto de protocolización.
  • Tendrá total valides gracias a haber sido redactado junto a un especialista de Testamentos.es
En momentos de pandemia, en lugar del testamento en caso de pandemia, la opción del testamento ológrafo le aportará ventajas

Testamento por muerte inminente

Otra alternativa al testamento en caso de epidemia es el de por muerte inminente.

  • Es necesario contar con 5 testigos mayores de edad (más de 18 años).
  • El testador debe estar en una situación de riesgo superior, muy cerca del fallecimiento.