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Testamento abierto y cerrado: ¿Cuál elegir?

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¿Tiene pensado realizar un testamento y no sabe qué debe hacer? Si tiene una duda general sobre el tipo de documento que quiere llevar a cabo, encontrará la respuesta a todas sus preguntas en el siguiente artículo de Testementos.es: ‘cómo hacer un testamento: todo lo que debes saber’. Sin embargo si ya tiene muy claro que quiere hacer su testamento ante notario, en este artículo le damos toda la información de los más comunes: el testamento abierto y cerrado. Muchas personas desconocen qué diferencias hay entre ambos documentos y cuál debe escoger. En este texto le damos las principales claves para que tome una decisión.

El Notario, figura clave

Lo primero que debe saber es que el testamento abierto y cerrado son dos tipologías de testamento notarial, que se diferencia del testamento ológrafo.

¿En qué consiste el testamento notarial?

Mientras que el testamento ológrafo lo debe escribir y firmar de puño y letra el propio testador sin necesidad de un Notario, como bien indica el nombre del testamento notarial, éste último sí necesita de dicha figura notarial.

Si está dudando en hacer un testamento ológrafo, debe saber que es el único testamento que puede realizar totalmente online, sin salir de casa y cuando usted quiera.
Puede consultar todas las claves del testamento ológrafo, en el siguiente artículo: Testamento online: toda la información‘.

Diferencias entre el testamento abierto y cerrado

Si después de conocer la diferencia principal entre el testamento ológrafo y el notarial quiere seguir adelante con éste último, será clave que conozca otras grandes diferencias entre el testamento abierto y cerrado para que pueda empezar a realizar el documento en el que deje su última voluntad.

¿Qué es el testamento abierto notarial?

Para conocer qué es el testamento abierto notarial, podemos consultar el artículo 679 del Código Civil, que indica que “es abierto el testamento siempre que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se dispone”.

Además, puede consultar más sobre el testamento abierto notarial a partir del artículo 694 del CC. Le explicamos todos los detalles a continuación:

 

  • El testamento notarial abierto recibe este nombre porque el documento está abierto en el momento de la firma ante el Notario.
  • El Notario conoce el contenido del mismo.
  • Esta figura es la encargada de autorizar el acto de otorgamiento y es la que acreditará la veracidad del texto.

Requisitos del testamento abierto notarial

  • Hay que indicar el lugar, fecha y hora del acto de otorgamiento y el Notario debe identificar a la persona que deja su voluntad, es decir, el testador.
  • El Notario acredita que la persona que realiza el testamento está capacitada legalmente para realizar el testamento.
  • En el acto de otorgamiento del testamento abierto notarial, el Notario leerá el texto en voz alta para recibir la confirmación del testador de que el texto cumple con sus deseos.
  • En el acto de otorgamiento de un testamento abierto notarial deberá haber dos testigos del testador si no sabe o no puede leer o firmar, o en los casos en el que el testador fuera sordo o ciego. También puede haber dos testigos en los supuestos en los que el testador o el Notario así lo requieran.
  • Es importante remarcar que hay excepciones en las que se podría realizar este testamento sin la presencia de un Notario, aunque sí tendría que haber testigos. Nos referimos al caso en que la persona se encontrara en peligro de muerte o a un testamento en caso de epidemia. Pese a ello, este tipo de testamentos caducarían a los dos años.
La principal diferencia entre el testamento abierto y cerrado reside que en el abierto el Notario conoce el contenido del mismo
La principal diferencia entre el testamento abierto y cerrado reside que en el abierto el Notario conoce el contenido del mismo

¿Qué es el testamento cerrado notarial?

El testamento cerrado notarial es el documento que se presenta ante un Notario dentro de un pliegue, sobre o similar en el que el testador asegura que dentro del mismo se encuentra su testamento. Por eso se llama ‘cerrado’, puesto que el Notario no conocerá ni leerá el contenido del testamento cerrado notarial.

Así pues, la gran diferencia entre testamento abierto y cerrado reside en el conocimiento o no del contenido del documento por parte del Notario.

¿Qué debe contener el testamento cerrado notarial?

  • Si el testamento cerrado notarial es escrito por el puño y letra del testador, deberá firmarlo al final.
  • Si el testamento es mecanografiado o escrito por otra persona, el testador deberá firmar en todas las hojas del mismo y en la parte final.
  • Este tipo de documento puede ser firmado por otra persona en el caso de que el testador no sepa o no pueda firmar. Si hace un testamento así, deberá explicar en el documento el motivo por el que el testador no puede firmar.
  • Por último, es necesario realizar una aclaración en la parte final del documento sobre palabras tachadas, enmendadas o entre renglones para facilitar su lectura y comprensión.
  • Es clave saber que una vez fallecido el testador, el Notario tiene la obligación de notificar la existencia de este testamento cerrado notarial a los herederos y legatarios en un plazo máximo de 10 días. Así mismo, el documento no podrá abrirse antes.
¿Duda entre un testamento abierto y cerrado? Si opta por el cerrado debe saber que le entregará el documento en un sobre o pliegue y el Notario no conocerá su contenido
¿Duda entre un testamento abierto y cerrado? Si opta por el cerrado debe saber que le entregará el documento en un sobre o pliegue y el Notario no conocerá su contenido

¿Cómo elegir entre testamento abierto y cerrado?

Cualquiera de las dos opciones, el testamento cerrado y abierto, son válidas y muy comunes. Sin embargo, hay en algunos casos en los que es más habitual o incluso obligatorio decantarse por uno de ellos.

  1. Si tiene mucha prisa, la opción más aconsejable es la del testamento abierto notarial. ¿Por qué? Porque no será necesario que usted la escriba. Es decir, el testamento abierto se crea con el testador presentando su última voluntad a viva voz, ya sea leyendo un documento ya escrito, o presentando unas indicaciones. Y es el Notario el que se encarga de la redacción. Así pues, podrá evitarse tener que redactar el documento y perder tiempo en ello. Por ejemplo, si está enfermo o se encuentra en un momento delicado y no puede permitirse perder tiempo con la redacción, el testamento abierto es una buena elección.
  2. Si el testador es invidente deberá por ley otorgar un testamento abierto, puesto que deberá hacerlo ante dos testigos en el acto de otorgamiento, que serán las personas encargadas de asegurarse de que todo está correcto. Si el testamento fuera cerrado, podría suceder que una persona le hubiera cambiado el testamento dentro del sobre o pliegue o hubiera redactado una voluntad distinta. De esta manera, para evitar posibles fraudes o abusos contra un invidente, deberá proceder mediante el testamento abierto.
  3. Las personas que no saben leer ni escribir deberán otorgar testamentos abiertos por los mismos motivos explicados en el punto anterior. El testamento cerrado debería estar escrito por un tercero que podría haber cambiado la voluntad del testador.
  4. Elección del Notario: El Notario puede obligar al testador a que realice un testamento abierto si así lo considera oportuno. Podría producirse en los casos en los que el Notario no confía en que el testamento cerrado cumpla con la voluntad del testador.
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¿Cómo realizar testamento abierto y cerrado?

  1. La forma más fácil para realizar el testamento abierto y cerrado es a través de Testamentos.es. A través de la página web de Testamentos.es puede hacerlo de la manera más rápida con la ayuda de uno de nuestros especialistas.

  • Solo deberá moverse de casa para ir a firmar ante Notario. Un especialista de Testamentos.es le ayudará en el rápido proceso y le concertará una cita en el Notario más cercano a su domicilio para poder firmar el documento.
  • Si lo que quiere es un testamento abierto y cerrado notarial, nuestro equipo escuchará lo que quiere expresar en su testamento y le ayudará a cumplir con los requisitos legales de repartición de herencia y otras cuestiones para que su documento sea totalmente válido.
  • Nuestros especialistas redactarán el borrador final del testamento y tras el acto de otorgamiento se encargarán del registro de últimas voluntades.
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Otras opciones de testamento

  1. Si por el contrario lo que quiere es hacer otro tipo de testamento, aquí le presentamos otros documentos que puede realizar: