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Puede suceder que una persona no quiera entregar sus bienes en el testamento a sus hijos por muchas razones. En muchas de estas ocasiones, sin embargo, el testador quiere dejar su última voluntad sin perjudicar a sus nietos. Por ello, una de las preguntas habituales en relación a los testamentos es si se puede realizar un testamento a favor de nietos y cómo beneficiarlos en lugar de a sus descendientes directos. Por ese motivo, en Testamentos.es le explicamos en este artículo de nuestro blog de testamentos toda la información que necesita en relación a este tema.
¿Se puede dejar un testamento a favor de nietos?
Imaginemos el caso de que sus hijos no se han preocupado por usted durante años o la relación con sus descendientes directos no es buena, y en ese caso, usted no quiere dejar su testamento a sus hijos pero sí beneficiar a sus nietos, teniendo en cuenta de que sus nietos no tienen la culpa de nada en cuanto a la relación que tiene usted con sus descendientes directos.
¿Se puede quitar a sus hijos del testamento y que la herencia sea para sus nietos? Para saber la respuesta, hay que analizar lo que dice la Ley al respecto de varias cuestiones.
¿Qué dice la ley sobre un testamento a favor de nietos?
Para saber si se puede realizar un testamento a favor de nietos y saltarse a sus hijos, deberá consultar lo que dice el Código Civil español en relación a los siguientes temas:
- Los derechos de los hijos a la herencia de sus padres (Legítima).
- Las partes del testamento que marca el Código Civil que hay que respetar para que el documento sea considerado válido.
- Los motivos por los que se puede desheredar a un hijo.
Antes de entrar en materia de forma concreta y analizar estos puntos, hay que decir que en parte sí que podrá beneficiar a sus nietos, pero habrá otra parte del testamento que será más difícil que llegue a sus nietos sin antes pasar por sus hijos.
Hay que respetar las partes del testamento:
El Código Civil español establece tres partes diferencias en el testamento que hay que respetar:
- La primera parte corresponde al tercio libre (parte que se puede entregar a las personas que usted quiera).
- La segunda es el tercio de la legítima (para sus herederos forzosos).
- Y la tercera parte es la del tercio de mejora, que puede repartir entre sus herederos forzosos.
Tercio libre en un testamento a favor de nietos
La primera parte del testamento, la de libre disposición, puede ser para las personas que usted quiera. Incluso puede entregarla íntegra a una ONG con un legado solidario.
- Por lo tanto, si quiere que sus nietos dispongan de esta tercera parte del total de su herencia, puede nombrarlos herederos de este parte de libre disposición.
- Puede repartir este tercio de la manera que usted quiera, tanto por igual entre todos sus nietos, o beneficiando a un solo nieto.
El tercio de mejora en un testamento a favor de nietos
La mejor manera para realizar un testamento a favor de nietos es dejándole la parte total del tercio de mejora a ellos. Es decir, los nietos son considerados descendientes, por lo que podrán recibir esa tercera parte de toda su herencia de forma libre, en la proporción que quiera entre sus nietos.
Puede dejar ese tercio de mejora para todos sus nietos a partes iguales, o por lo contrario, puede favorecer a un solo nieto dejándole todo el tercio de mejora al nieto que usted decida.
El padre o la madre podrán disponer en concepto de mejora a favor de alguno o algunos de sus hijos o descendientes, ya lo sean por naturaleza ya por adopción, de una de las dos terceras partes destinadas a legítima.
Tercio de legítima para un testamento a favor de nietos
Por lo contrario a lo que hemos comentado sobre el tercio de mejora, el tercio de la legítima no lo podrá dejar a sus nietos si dispone de hijos.
Deberá repartirlo entre sus descendientes directos a partes iguales. El tercio de legítima marcado por la ley es para los herederos forzosos, quiera o no quiera.
Esto es lo que indica el artículo 807 del Código Civil sobre los herederos forzosos:
1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
Por ese motivo, por mucho que no quiera dejar el testamento a favor de sus hijos, será un hecho inevitable. Solo podría saltarse a sus hijos en los casos que marca la ley, que comentamos a continuación.
¿Cómo quitar a un hijo del testamento?
De esta manera, debe saber que solo podrá desheredar a un hijo si se cumplen una serie de requisitos legales que puedes encontrar en el siguiente artículo: Desheredar a un hijo.
Las causas por las que la ley permite desheredar a un hijo son múltiples. Entre ellas, destacamos el hecho de que el hijo haya negado alimentos a los padres, o en el caso de haberlo maltratado o injuriado de forma grave.
El caso de no aceptar la herencia
En este sentido, también puede suceder que un hijo decida no aceptar la herencia que le ha dejado el testador por múltiples motivos.
Por ejemplo, un hijo podría no aceptar la herencia porque no quiere recibir parte del patrimonio de un padre con el que no tiene relación, por simple cuestión ética. O también puede renunciar a su herencia por no pagar el valor del Impuesto de Sucesiones.
Sea como fuere, ello también podría afectar directamente a los nietos, puesto que en un futuro no recibirían de parte de su padre los bienes de su abuelo.
Para que un abuelo esté seguro de que sus nietos recibirán su herencia, pueden entregarle cómo máximo la parte de libre disposición y el tercio de mejora.
¿Testamento a favor de nietos menores de edad?
Si quiere hacer un testamento a favor de nietos deberá pensar también en su edad.
Es posible que quiera entregarle el tercio de libre disposición y el tercio de mejora, o parte de ellos, pero tiene que saber que sus nietos no podrán recibir sus bienes hasta que sean mayores de edad.
Por eso, sus hijos podrían llegar a tener acceso a esa parte de su patrimonio que usted no quería que fuera para sus descendientes directos. ¿Cómo evitarlo? Se lo explicamos a continuación.
Nombrar a un albacea testamentario
Puede evitar que sus hijos tengan acceso a los bienes que ha dejado en su testamento para sus nietos menores de edad mediante el nombramiento de un administrador de los bienes. Este administrador será una persona ajena a los padres de su nieto.
Por este motivo, en Testamentos.es le aconsejamos nombrar a un albacea testamentario.
El albacea será la persona encargada de velar por que se cumpla su última voluntad y todos los puntos del testamento. Además, se le podrá otorgar funciones de contador repartidor, encargándose así de que sus nietos reciben los bienes que usted establece en el testamento o los bienes que sumen el valor de las partes que usted le deje en su voluntad.