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15 dudas sobre un testamento

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Si quiere realizar un testamento, es lógico que tenga preguntas y cuestiones por resolver. El testamento es un documento absolutamente necesario para cualquier persona, puesto que es el trámite mediante el que puede expresar su última voluntad. Por ello, en Testamentos.es, especialistas en todo tipo de testamentos, le resolvemos las principales preguntas que puede estar haciéndose en estos momentos.

¿Por qué hacer un testamento?

La principal razón para hacer un testamento debe ser la de tener la seguridad de que, una vez fallezca, se va a cumplir su voluntad. Además, hay múltiples razones para hacer un testamento como el facilitarle la vida a sus herederos, puesto que si no hace testamento, puede evitarle problemas de futuro a sus herederos y disputas familiares innecesarias.

Mediante un testamento puede expresar su deseo en cuanto a la repartición de sus bienes a sus herederos o legatarios, algo crucial para poder vivir con la seguridad de que si le ocurre algo, las personas que usted quiere podrán recibir lo que le corresponde y lo que usted desea que tengan.

Para conocer las múltiples ventajas que ofrece hacer un testamento, consulta el siguiente artículo de nuestro blog: ‘¿Por qué hacer un testamento?

Si tiene dudas sobre un testamento, puede despejarlas todas gracias a la ayuda de nuestros especialistas de Testamentos.es

¿Es obligatorio hacer un testamento?

No es obligatorio hacer un testamento. Hacerlo es algo totalmente voluntario y es elección de cada uno. Lo que sí podemos asegurar desde Testamentos.es es que, aunque no sea un trámite obligatorio, sí que es muy aconsejable y necesario, como ya hemos argumentado en el anterior punto.

¿Qué pasa si no se hace testamento?

Si decide no hacer testamento, debe saber que perderá la oportunidad de entregar la parte de su herencia que quiera (respetando las partes que marca la ley) a las personas que usted decida. Si no hay testamento se trata de una ‘sucesión intestada’ y la repartición de los bienes se decidirá mediante lo que indica la ley, sin tener en cuenta la voluntad de la persona fallecida, puesto que no la expresó mediante testamento.

En este sentido, debe saber que si decide no hacer testamento, esta decisión puede perjudicar a aquellas personas a las que usted podía haberle entregado un bien legado de valor sentimental. Además, el proceso de repartición de la herencia será mucho más largo y difícil para los herederos en comparación al proceso de apertura de un testamento.

Si la persona fallecida no ha hecho testamento, los herederos deberán acudir a un notario o juez, para que realice la declaración de herederos y el reparto de la herencia, un proceso que suele ser largo y por el que en muchas ocasiones surgen disputas o contratiempos que demoran el reparto final.

¿Cuándo hacer un testamento?

La Ley no habla de una edad para hacer un testamento, solo indica la edad mínima para hacerlo. En el caso de un testamento notarial, la edad mínima es de 14 años. Mientras, para hacer un testamento ológrafo, la edad mínima es de 18 años, como expresa el artículo 688 del Código Civil.

¿Cuándo hacer un testamento? No hay una edad concreta para hacerlo, pero en Testamentos.es aconsejamos no hacerlo a edad muy avanzada, puesto que corre el riesgo de, en caso de improvisto, fallecer sin haber dejado redactada su última voluntad.

Los especialistas de Testamento.es aconsejan otorgar un testamento cuando tenga una edad madura. Es cierto que eso es algo muy subjetivo, pero puede guiarse por cuestiones como el patrimonio que tiene y si tiene familia.

Si tiene mujer e hijos, lo más aconsejable es realizar un testamento para evitar graves problemas para su cónyuge y su núcleo familiar en caso de sufrir algún percance inesperado. El testamento da seguridad.

Puede conocer más información respecto a esta cuestión, en el siguiente artículo de nuestro blog: ‘¿A qué edad hacer un testamento?

Una de las principales dudas sobre un testamento está relacionada con su precio

¿Cuánto cuesta hacer un testamento? ¿Qué precio tiene? Es sin duda una de las principales dudas sobre testamento. No podemos hablar de un precio concreto puesto que el coste de un testamento depende de múltiples variables como el número de páginas, etc. Sin embargo, sí le podemos indicar que hacer un testamento no es un trámite caro. En relación a otros trámites notariales, la creación de un testamento tiene un coste reducido en relación a su enorme importancia para el testador y sus herederos.

Por ejemplo, podemos indicarle que hacer un testamento de bienes e inmuebles puede costarle entre 49 y 109 euros en Testamentos.es

Para conocer más concretamente el precio de su testamento debe acceder a la página principal de nuestra web y rellenar el pequeño formulario que encontrará en la parte superior derecha. Una vez cumplimentado, podrá calcular el coste exacto de su testamento.

Una de las dudas sobre un testamento está en el precio: Puede calcular el suyo en Testamentos.es
Una de las dudas sobre un testamento está en el precio: Puede calcular el suyo en Testamentos.es

Una de las grandes dudas sobre un testamento: ¿Qué tipo de testamento hacer?

Una de las dudas sobre un testamento más frecuentes que tiene cualquier persona que va a expresar su última voluntad es aquella que tiene que ver con los tipos de testamento entre los que puedes escoger. A continuación, se los presentamos de forma resumida:

1. Testamento notarial

Es el testamento que necesita de la firma ante notario. Puede ser abierto o cerrado. El testamento abierto se realiza con el notario leyendo en voz alta el contenido para que el testador confirme que el texto es correcto antes de ser firmado. El testamento cerrado es aquel en el que se firma sin que el notario conozca su contenido, simplemente se acredita que dentro de un sobre o pliegue está la última voluntad del testador.

2. Testamento ológrafo

El testamento que escribe y firma de su puño y letra el testador sin necesidad de hacerlo ante notario. Todo lo que debes saber sobre el testamento ológrafo, en este artículo: 

El testamento ológrafo se puede realizar totalmente online, sin necesidad de salir de casa, en Testamentos.es

3. Testamento vital

Es el documento en el que el testador expresa su última voluntad en relación a los cuidados médicos que quiere y no quiere recibir cuando no pueda expresarse y en el que se expresa el destino de sus órganos y su cuerpo. Toda la información sobre el testamento vital, aquí.

4. Testamento solidario

El testador puede realizar un legado solidario a favor de una ONG como parte de su voluntad. Lo que debes saber sobre el testamento solidario, aquí.  

¿Cómo hacer un testamento rápido?

La forma más rápida de hacer un testamento es a través de Testamentos.es. Solo entrando en la web y rellenando el formulario desde casa, podrás realizar el testamento de forma rápida con la ayuda personalizada de nuestros especialistas.

  • En caso de hacer un testamento notarial, Testamentos.es le concertará una cita en una notaría cercana a su domicilio para que solo tenga que acudir a firmar en el acto de otorgamiento.
  • Si quiere hacer un testamento ológrafo, nuestros especialistas le redactarán el borrador exacto del testamento para que cumpla con todos los requisitos legales. Usted solo deberá copiarlo de su puño y letra y un mensajero lo recogerá en su domicilio para que el documento quede guardado en nuestra sede. Así, se asegurará que el documento no se pierda ni nadie lo encuentra antes de su fallecimiento. Además, se asegurará que el testamento vea la luz cuando usted fallezca.

¿Se puede hacer más de un testamento?

Claro que sí. La vida cambia, y puede suceder que usted haga un testamento en un momento de su vida que unos años más tarde haya quedado antiguo. Por eso, una persona puede hacer varios testamentos. El último que redacte será el único válido de forma legal. Hay dos formas de revocar un testamento anterior: La revocación expresa o la revocación tácita.

  • En la revocación expresa, se redacta un testamento en el que se indica expresamente que se deja sin validez los anteriores testamentos.
  • La revocación tácita consiste en redactar un nuevo testamento que hace que el anterior sea invalido en el caso de expresar un contenido contrario a la voluntad anterior.

    En este último caso, si no se indica nada respecto a otros temas que sí se redactaron en el anterior testamento, éstos sí se mantendrán como válidos.

    Esta opción sirve para que se realicen cambios solo en los puntos contrarios al anterior testamento y para añadir nuevos puntos que en el anterior documento no se tocaron.

Más información, en este artículo: ¿Cómo anular un testamento? 

¿Hay que hacer un inventario?

No es necesario que haga un inventario de todos sus bienes y patrimonio a la hora de otorgar su testamento. Lo que debe hacer es indicar las partes que heredará cada persona y cómo quedará el reparto final. Siempre deberá tener en cuenta que tendrá que cumplir con las partes del testamento que marca la Ley (Legítima, parte de libre disposición y tercio de mejora).

Más información sobre la herencia Legítima y las partes de un testamento, aquí.

¿Es seguro hacer un testamento?

Hay personas que tienen dudas sobre un testamento y piensan que otorgar su última voluntad demasiado pronto podría ir en su contra. Sin embargo, esta idea es totalmente errónea. Hacer un testamento es un procedimiento seguro y confidencial. Para ello, la Ley establece una serie de indicaciones en relación al acto de otorgamiento y a los requisitos que debe tener una última voluntad. Puede consultar más información sobre la confidencialidad de un testamento este enlace.

¿Los herederos encontrarán el testamento?

Si ha realizado un testamento notarial, los herederos conocerán si existe un testamento mediante el Certificado de Últimas Voluntades. Este documento acredita si el fallecido otorgó testamento y en qué notaría lo pueden encontrar. Posteriormente, se dirigirán a dicha notaría para proceder al acto de apertura.

Por otra parte, si ha realizado un testamento ológrafo, debe cerciorarse de haber dejado el documento en un lugar en el que está absolutamente seguro de que alguien lo encontrará. Para evitar que el testamento se pierda y no vea la luz, la mejor forma de realizar un testamento ológrafo es a través de Testamentos.es, puesto que nuestros profesionales lo guardarán en las oficinas de Testamentos.es para que su voluntad se cumpla una vez fallezca.

Consulte todos los trámites que deberán realizar los herederos tras el fallecimiento del testador.

¿Se puede dejar lo que quiera a cualquier persona?

No puede dejar la parte que quiera de su herencia a cualquier persona. Esta es una de las grandes dudas sobre un testamento. ¿Qué se puede hacer en cuanto al reparto de los bienes? El Código Civil establece 3 partes muy claras de testamento que hay que respetar al otorgar su última voluntad. No hacerlo puede hacer que el documento se declare nulo.

La única parte del testamento que puede dejar a la persona que usted quiera es el tercio de libre disposición. Los otros dos tercios corresponden, uno a los herederos legítimos, y otro al tercio de mejora que se puede dejar a cualquiera de los herederos para mejorar su herencia.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Se puede desheredar a un hijo si se cumple alguno de los supuestos que marca la ley en el artículo 853 del Código Civil.

Puede desheredar a su hijo si éste le ha negado, sin motivo legítimo, alimentos a los padres que quieren desheredarle. También se puede desheredar en caso de que el testador haya sido maltratado o injuriado de palabra de forma grave por parte de su hijo o descendiente al que quiere desheredar.  También podría desheredarse a un hijo si el testador ha recibido maltrato psicológico por su parte. No obstante, para éste último motivo, es necesario que los hechos sean muy graves y que sean demostrables para que un juez decida.

¿Los herederos deberán pagar Impuesto de Sucesiones?

Sí. Uno de los impuestos que deben pagar los herederos al recibir una herencia es el Impuesto de Sucesiones. El gravamen de este impuesto varía en función de cada Comunidad Autónoma y del valor de la herencia, y suele estar entre el 7.65% y el 34% de la base imponible.

Más claves, en este artículo: El Impuesto de Sucesiones, en este artículo.

¿Pueden los herederos rechazar la herencia?

Sí, un heredero puede renunciar a una herencia. Hay ocasiones en las que las herencias van plagadas de deudas, o simplemente, puede ocurrir que un heredero no disponga de dinero líquido para hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones. Por ello, hay casos en los que los herederos renuncian a una herencia. Se puede hacer pero hay que tener en cuenta plazos clave para hacerlo para evitar problemas.

Todo lo que debe saber sobre este tema: ¿Cómo renunciar a una herencia?